🗺 ¿Qué es Madrid Central?

Tras tres lagos meses, la fase de prueba del periodo de aviso a los conductores sobre la entrada a Madrid Central, terminará para dar paso a la fase de multas.

Es decir, los habitantes con coches que posean etiquetas CERO o ECO junto a servicios sanitarios, serán los únicos que podrán circular por las zonas sin restricción alguna. Pero, aquellos que no cumplan, se estarán enfrentando a una multa de 90 Euros a partir de esta semana

El Ayuntamiento de la ciudad, tiene previsto comenzar con las respectivas sanciones económicas, donde se postergo la entrada en vigor real de la zona restringida de 15 días para juntar los dos plazos del fin de las llegadas de notificaciones.

Sin acarrear ningún tipo de sanciones y posteriormente, comenzar las sanciones para dar una regulaciones de la entrada y salida en el Madrid Central.

Las interrogantes todavía están vigentes en los conductores a tan escasos días para que inicie las restricciones al tráfico. Por suerte, a continuación, detallaremos con mayor precisión esta temática

Cómo funcionará Madrid Central

Ahora bien, las interrogantes siguen ahí: ¿en qué medida afectará la estrella y polémica de carmena a los conductores? También, ¿Qué vehículos pueden acceder? Y sobre todo muy importante ¿Cómo evitar las multar que superan los 90 euros?

Madrid central, tiene un espacio o área de más de 472 hectáreas que afectan a calles dentro de las siguientes zonas.

Alberto aguilera, glorieta de Ruiz Jiménez, glorieta de Bilbao, Sagasta, Plaza de Alfonso Martínez, Génova, Plaza Colon. También, están el Paseo de Recoletos, Plaza de Cibeles, Paseo del Prado, Plaza de Cánovas del Castillo.

Asimismo, se encuentran el Paseo del Prado, Plaza del Emperador Carlos V, Ronda de Atocha, Ronda de Valencia, Glorieta de Embajadores, Ronda de Toledo, Glorieta de la Puerta de Toledo. Conjuntamente, con la Ronda de Segovia, Cuesta de la vega, Calle Mayor, Calle Bailen, Plaza de España, Calle Princesa y Calle Serrano Jover. En las vías del perímetro exterior, se podrá andar con normalidad.

A las mencionadas calles, sólo podrán entrar los residentes y sus invitados, un total de 20 al mes, el trasporte público, los servicios de aseo urbano, transportes industriales, vehículos de cargas y descarga o de entrega y a los vehículos identificados con las etiquetas ambientales CERO y ECO.

De igual forma, no tendrán ningún problema para entrar las personas con movilidad reducida, como también titulares de plazas de garaje y los profesionales con limitaciones.

En otro sentido, los conductores donde sus vehículos posean las etiquetas de B o C de la DGT, tendrán el permiso de entrar y poder aparcar en un garaje privado, reserva o aparcamiento de uso público.

Los menos afectados son:

Para los dueños de motocicletas o vehículos de tres ruedas, tendrán menos complicaciones, ya que, estos podrán entrar y estacionar sin limitaciones, siempre y cuando tengan la etiqueta de CERO o ECO.

Sin embargo, para aquellos que tengan la calificación de B o C, sólo podrán circular en las 7 horas y las 22 horas. Si lo hacen fuera de este horario, podrán hacerlo si se aparcan en un parking o en un garaje privado.

Multas o sanciones económicas

Los casos que omiten las reglas establecidas, las notas informativas que son enviadas hasta ahora desde el ayuntamiento, se convierten en multas en los próximos días.

Por lo general, estas sanciones superarán más de los 90 euros, sin embargo, podrían quedar a la mitad, si se ejercen los pagos antes de los 20 días naturales desde que llega la notificación.

Hoy en día, en el ayuntamiento se cuenta con 115 cámaras colocadas en toda la zona de Madrid Central. Esto, con la finalidad de asegurar y garantizar que se cumplan las sanciones, donde se cotejaran las matriculas con las imágenes captadas por dichas cámaras.

En este sentido, si se accede a cualquiera de los estacionamientos públicos, tampoco se recibirá como multa, ya que, se ha instalado un nuevo sistema automático de registros de matriculas mediante del ayuntamiento donde se cruzarán los datos.

Estas sanciones pueden recurrirse, por medio del envió de un escrito a la dirección general de gestión y vigilancia de circulación del ayuntamiento.

Mientras, si se recurre y no se tiene la razón, no se podrá asignar el 50% del costo, ya que, se pierde todo tipo de plazo de días naturales.

En todo caso, la notificación se recibiría en tres meses después de cometer la infracción por haber entrado a Madrid Central, sin cumplir las exigencias del consistorio. Esto, podría recurrir efectivamente alegando que la notificación llego fuera de plazo.

¿Quién puede entrar con su vehículo en Madrid central?

  • Los residentes de la zona.
  • Los no residentes con etiquetas que identifiquen la 0 emisiones, ECO, C y B.
  • Las excepciones como: movilidad reducida, aquellos con garaje privado, los de aparcamiento de plaza para residentes, Carsharing y motosharing, padres de alumnos, Taxis y VTC, servicios públicos, repartos, vehículos especiales, talleres, autoescuelas, mudanzas, etc.
  • Motos con etiquetas de 0 emisiones y ECO, C y B.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *