Abogado Concursal

Las crisis económicas de las últimas décadas y la que se nos avecina próximamente dificultará enormemente el cumplimiento de las obligaciones económicas contraídas.

Personas físicas, autónomos, empresas de todos los sectores y tamaños, así como las grandes multinacionales se podrán ver muy perjudicados.

Muchas empresas se van a ver en la necesidad de cierre o restructuración de las deudas. Las personas físicas, por la pérdida de sus empleos tampoco podrán cumplir con sus deudas.

Es por ello fundamental conocer el derecho concursal, una modalidad legal para regular este tipo de situaciones.

El éxito de este procedimiento depende de la evaluación de la situación real del deudor y de la planificación de las medidas a adoptar. Es necesaria una preparación exhaustiva y conocimientos técnicos en el área jurídica, empresariales y financieros para encontrar la mejor solución.

Dada la complejidad del procedimiento lo más recomendable es contar con el asesoramiento de un abogado concursal, experto en el área.

¿Qué es el derecho concursal?

El derecho concursal  es la rama del derecho mercantil que regula acuerdos entre deudores y acreedores o proceden a la regulación ordenada para intentar solucionar aquellas situaciones de insolvencia.

Esta normativa regula el concurso de acreedores y los acuerdos extrajudiciales de pago o acuerdos de refinanciación. Todo ello con un único propósito: reducir el impacto que este tipo de situaciones pueda conllevar a la economía y a la sociedad en conjunto.

Se intenta que el los daños causados a los acreedores sean mínimos y que los deudores puedan seguir su actividad.

Resumen de los procesos más relevantes

La legislación en vigor ratifica que si una persona no paga sus deudas en plazo establecido, el acreedor (entidad o persona a la que se le tiene que pagar la deuda) tiene derecho a accionar sobre el patrimonio del deudor recurriendo a los órganos competentes.

Concurso de acreedores

Sin embargo en caso de insolvencia del deudor, si ese patrimonio no es suficiente para satisfacer la deuda o si existen varios acreedores (en cuyo caso sólo se beneficiarían algunos de ellos de ese patrimonio) existe el derecho concursal o el derecho a concurrir conjuntamente.

Mediante este sistema de ejecuciones se trata por igual a todos los acreedores cuando el patrimonio del deudor no es suficiente para satisfacer íntegramente sus créditos.

El procedimiento regulado que pretende distribuir tal patrimonio entre los acreedores de denomina concurso de acreedores. Tanto los deudores como los acreedores podrán solicitar la declaración del concurso de acreedores, cumpliendo algunos requisitos clave.

Administración concursal

El órgano legal que decide en estas situaciones se denomina administración concursal, formado por un abogado concursal, un auditor de cuentas, economista o titulado mercantil colegiado y un acreedor ordinario. Si la complejidad del concurso resulta elevada se pueden delegar determinadas funciones en auxiliares delegados o en expertos independientes.

La administración concursal elabora el informe sobre el concurso y sobre las propuestas presentadas, interviene, supervisa y sustituye, en ocasiones, las facultades patrimoniales del deudor siempre bajo la supervisión del juez del concurso.

Acuerdos extrajudiciales

Un acuerdo extrajudicial de pagos o los acuerdos de refinanciación, si se plantean de forma adecuada pueden evitar muchos de los inconvenientes de los procedimientos judiciales o de los concursos de acreedores.

Según el acuerdo extrajudicial de pagos la persona o entidad que se encuentre en insolvencia actual o inminente podrá intentar llegar a un acuerdo de pago con sus acreedores siempre que no supere los cinco millones de euros. Una vez nombrado el mediador concursal a solicitud del deudor, se solicitará la apertura de un expediente concursal.

Tras la solicitud de este último expediente el deudor podrá continuar su actividad laboral.

El mediador concursal, antes de la reunión con los acreedores les presentará un plan de pagos inferior a tres años que los acreedores someterán a voto. Si aceptan el plan, éste publicará en el BOE pero en caso contrario el mediador concursal solicitará al juez la declaración de concurso en cuyo caso los acreedores no podrán ni iniciar ni continuar sus acciones contra el deudor.

Abogado concursal

Los abogados especializados en el área concursal disponen de una amplia experiencia y formación para asesorar tanto a personas físicas y a entidades y sociedades que se hallan en situación de insolvencia como a los acreedores:

Para los deudores, estos profesionales se encargan de:

  • La reestructuración y refinanciación preconcursal
  • Representan a los deudores en los concursos
  • Elaboran propuestas de convenio y negociación con los acreedores
  • Protegen a los socios y a los administradores de sociedades en concursos.

En cuanto a los acreedores, además de defender los intereses de los mismos:

  • Se pueden encargar de su representación en todas las fases del concurso
  • Negocian las propuestas del convenio con el administrador concursal
  • También puede ocuparse de la impugnación de las decisiones aprobadas por el administrador concursal.

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